El
Marco de Acción de Salamanca (UNESCO, 1994) en el apartado 46, señalaba el rol
preponderante que le incumbe a las universidades su papel consultivo en la
elaboración de prestaciones educativas especiales, principalmente relacionado
con la investigación, la evaluación, la formación del profesorado y la
elaboración de programas y materiales pedagógicos. Además marcaba, la necesidad
de crear redes interuniversitarias y entre centros de enseñanza superior para
aportar al tema.
La
Conferencia Mundial de Educación Para Todos realizada en Tailandia en el año
1990, tuvo trascendencia ya que los 155 países que la firmaron se
comprometieron a asegurar educación básica de calidad para todos los niños y
niñas.
Por
su parte, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
aprobada por Ley 26.378 del Congreso de la Nación Argentina (junio 2008), en el
apartado correspondiente a Educación, en el punto 5 especifica:
“Los
Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso
general a la educación superior, la formación profesional, la educación para
adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad
de condiciones con las demás. A tal fin los Estados Partes asegurarán que se
realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.”
A
su vez, la ley 24.521, Ley de Educación Superior, en su Artículo 13 establece
los derechos de los estudiantes de las instituciones estatales de educación
superior y en su inciso a) determina que el acceso al sistema debe hacerse sin
discriminaciones de ninguna naturaleza.
Las
modificatorias realizadas mediante Ley 25.573 garantizan la accesibilidad al
medio físico y la provisión de servicios de interpretación y apoyos y ayudas
específicas, sin embargo aún en nuestra universidad no se han generado las
acciones y las actividades correspondientes para el logro del objetivo
propuesto en este proyecto.
Por
lo tanto, nuestro espacio busca generar acciones y actividades dirigidas a
elaborar propuestas de apoyo y ayuda a las personas con discapacidad que tengan
las condiciones para estudiar en la Universidad. Es
necesario concientizar a la comunidad educativa de las posibilidades de este
colectivo y de los requerimientos necesarios para que el tránsito por las aulas
sea con éxito.
La
Universidad debe trabajar para proponer adecuaciones curriculares para aquellos
estudiantes que lo necesiten así como proporcionarles las herramientas
necesarias, como por ejemplo la provisión de intérpretes de lengua de señas
para personas sordas, insumos informáticos y de lectura para personas ciegas,
etc. Así
mismo resulta indispensable que los edificios tengan un diseño adecuado a los
requerimientos de accesibilidad para todas las personas, para lo cual hay que
realizar talleres de formación para los profesionales y planificar y ejecutar,
dentro de lo posible, obras de infraestructura.
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